Se investiga la legalidad de las cooperativas que ofrecen servicios para poder facturar sin darse de alta en el RETA.

Hace unas semanas os hablamos de la web Factoo, una plataforma online que ofrece a los ‘freelance’ la posibilidad de facturar sin tener que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Pero hay plataformas que van más lejos, llegando a afirmar que es una fórmula que permite facturar por trabajos esporádicos y cobrar el paro a la vez.

Estas entidades suelen estar constituidas como cooperativas, por lo que el ‘freelance’ tiene que hacerse socio de la misma a cambio de una cuota de entrada. A partir de ahí la cooperativa le da de alta en la Seguridad Social como si fuera un trabajador durante unos días (el tiempo que dure el proyecto que necesite facturar).

La plataforma se encargará de todas las gestiones, así como de emitir la factura. Eso sí, a cambio se queda con una comisión que suele rondar entre el 3 y el 7 por ciento del importe facturado.

Este puede parecer un sistema especialmente ventajoso para pequeños trabajos o proyectos puntuales, es decir, para los conocidos como autónomos temporales pero, ¿son legales este tipo de plataformas? El Ministerio de Empleo y Seguridad Social tiene sus dudas, por lo que ha puesto su foco en este tipo de servicios.

Los expertos señalan que sería de difícil encaje legal una actividad consistente en un mero centro de facturación en nombre de terceros sin la consiguiente obligación de darse de alta en el RETA. Desde el momento del ejercicio por cuenta propia de una actividad el trabajador ya estaría obligado a darse de alta en actividades económicas ante la AEAT, así como emitir factura por ello y causar alta en el RETA si dicha actividad se ejerce de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona.

La Inspección de Trabajo ha puesto en marcha varias actuaciones contra algunas de estas cooperativas, pero aún se desconoce a quién se le pueden exigir responsabilidades. El objetivo no es otro sino la regularización de todos los cooperativistas con el alta y baja de oficio en el RETA, con las consiguientes consecuencias de pagar los recargos e intereses por la falta de cotización.

Por su parte desde la Agencia Tributaria podrían seguir un camino similar e iniciar actuaciones encaminadas a reclamar las cuotas de impuestos dejadas de pagar por los autónomos, así como de las liquidaciones fiscales no presentadas.

Por último, pero no por ello menos importante, en lo que respecta a las plataformas la posición de la Administración, en caso de detectar una situación de irregularidad, será la de descalificar a la cooperativa.

*Fuente de la información ‘Expansión’.

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