Se trata de una licencia municipal obligatoria para que en un local pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios.
La licencia de apertura y actividad es una licencia de carácter municipal obligatoria para que un local, nave u oficina pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. Es un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad en concreto.
Este tipo de licencias se suele conceder al dueño de un negocio para el desarrollo de una actividad concreta, y deberá renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local (o que haya modificaciones en el mismo, que cambien los propietarios del negocio).
Lo primero que debemos valorar a la hora de buscar un local, nave u oficina para nuestro negocio es su adecuación a los requisitos exigidos para el tipo de actividad a desarrollar. Además para evitar costes inesperados debemos asegurarnos de que el local cumple con todos los requisitos antes de cerrar la compra o el alquiler del mismo. La normativa es cada vez más exigente, y los locales con licencias de apertura antiguas muchas veces no cumplen la normativa actual.
Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:
- Actividades inocuas, es decir, aquellas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental, daños a bienes públicos o privados, ni riesgo para bienes o personas.
- Actividades calificadas. Estas son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas, las cuáles requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.
Las únicas actividades exentas serán aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, pero siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.
En cuanto al coste de la licencia de apertura esta tiene dos componentes:
- Tasas del Ayuntamiento. Estas se calculan para cada local teniendo en cuenta 3 factores distintos: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y el tipo de actividad. Las tasas serán mayores para actividades calificadas, así como cuanto más relevante sea una calle y más grande sea el local. También varían de un Ayuntamiento a otro.
- Coste del informe o proyecto técnico. Dependerá de la complejidad del mismo, así como del precio que tenga la empresa o profesional seleccionado, pudiendo oscilar desde un mínimo de 600 a 1.000 euros. En proyectos que supongan obras o necesiten permisos especiales el coste se puede disparar hasta los 10.000 euros.
En cuanto a la solicitud de licencia de apertura y actividad, si se trata de locales de menos de 300 metros cuadrados no será exigible la licencia previa de apertura, sino que es suficiente con una declaración responsable o comunicación previa al Ayuntamiento. En ella el empresario se compromete a contar con la licencia de apertura correspondiente. Este cambio es de aplicación para negocios nuevos, pero también para cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios, así como para las licencias de obras en reformas que no necesiten un proyecto de obra.
Sigue siendo necesario presentar un informe técnico y pagar las tasas municipales, y ambos documentos se acompañarán de una declaración responsable. Eso sí, con la presentación de estos tres documentos se puede empezar a funcionar a la espera de la obtención de la licencia de apertura definitiva (esta nos llegará una vez que el Ayuntamiento haya realizado las inspecciones pertinentes).
A continuación vemos el procedimiento habitual de solicitud de una licencia de apertura y actividad:
- Elaboración del informe o proyecto técnico de licencia de apertura y/o adecuación de local.
- Visado del proyecto por el correspondiente Colegio Oficial (esto conlleva el pago de una serie de tasas)(.
- Pago de las tasas municipales en el banco o en el propio Ayuntamiento, según proceda.
- Presentación de la declaración responsable y la solicitud de licencia de apertura, junto con el proyecto técnico y el resguardo del abono de las tasas municipales. Todo esto debe hacerse en el momento de abrir el local al público.
- Visita del técnico competente del Ayuntamiento para verificar que el local cumple lo estipulado y ratificar así la concesión de la licencia de apertura.
En cuanto al plazo de resolución o respuesta por parte del Ayuntamiento este suele demorarse varios meses, e incluso casi un año. Además oscilará dependiendo de la carga de trabajo y del Ayuntamiento en cuestión.
Por último, pero no por ello menos importante, es fundamental asegurarnos cuando abrimos un local al público y solicitamos la licencia, que cumplimos con todos los requisitos necesarios para nuestra actividad. De lo contrario nos veremos obligados a cerrar o subsanar las deficiencias detectadas cuando nos visiten los técnicos municipales (pudiendo incluso tener que pagar una multa).
*Fuente de la información ‘Infoautónomos’.
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