La normativa prevé un día de descanso en un período de siete días.

Según una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea un empleado puede ser obligado a trabajar hasta doce días consecutivos, a la vez que ha clarificado cuándo debe tomarse el periodo de descanso semanal previsto en la legislación comunitaria.

El mismo tribunal precisa que la normativa establece que todos los trabajadores deben disfrutar, por cada periodo de siete días trabajados, un descanso mínimo ininterrumpido de 24 horas. Sin embargo no dice que esa libranza se deba disfrutar al día siguiente a un periodo de seis días consecutivos de trabajo. Por tanto, aunque la normativa prevé un día de descanso, a la vez permite que se pueda trabajar durante 7 días consecutivos (o incluso más).

Mediante la sentencia actual el Tribunal de Justicia declara que el Derecho de la Unión no exige que el periodo mínimo de descanso semanal se conceda, como muy tarde, el día siguiente a un periodo de seis días consecutivos de trabajo, sino que se conceda dentro de cada periodo de siete días. La normativa europea sobre tiempo de trabajo se limita a establecer normas mínimas de protección del trabajador. Por tanto los países de la unión pueden aplicar disposiciones más favorables para la protección de la seguridad y la salud de sus trabajadores. Igualmente pueden favorecer o permitir la aplicación de convenios colectivos o de acuerdos que sean más beneficiosos.

*Fuente de la información ‘Abc’.

Share This