Los afectados son aquellos que, en su empleo habitual, ya cotizan por la base máxima de cotización.
Una de las medidas de la nueva Ley de Autónomos que ya ha entrado en vigor es que la Seguridad Social devolverá, de oficio, el exceso de cotización que realiza el autónomo por tener otro trabajo como asalariado. El beneficiario ya no tendrá que acudir a la Administración para reclamar lo pagado de más.
Los afectados por esta medida serán todos aquellos que en su empleo habitual coticen por la base máxima (fijada este año en 3.751 euros). Además esta cantidad también condicionará la pensión que perciba en el futuro el trabajador autónomo.
La legislación hasta ahora carecía de sentido alguno: una persona que ya alcanzaba el tope máximo en su cotización como asalariado tenía que pagar, además, una cuota como autónomo. Eso sí esta medida no atajará el problema de raíz, es decir, la Seguridad Social seguirá realizando los cobros, aunque sí que permitirá que la devolución se efectúe sin que el afectado tenga que estar pendiente de reclamar sus derechos (la gran cantidad de trámites burocráticos hacían que muchos autónomos se resignaran a no recuperar su dinero).
Otras medidas de esta nueva Ley de Autónomos es la posibilidad de que los trabajadores por cuenta propia que lo deseen puedan cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando (siempre y cuando tengan, al menos, un empleado a su cargo). Para el resto de medidas habrá que esperar a enero de 2018. ¡Ya queda menos autónomos!.
*Fuente de la información ‘Abc’.
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