Supera en ocho puntos la media europea.

Los autónomos y pymes son fuerza dinamizadora en la economía de nuestro país, así como fuente de creación de empleo. Sin embargo esta labor les sale bien cara, teniendo que soportar una de las cargas fiscales más pesadas de Europa. A continuación vamos a ver cuáles son las principales diferencias con nuestros vecinos comunitarios.

En España hay 3.213.140 autónomos registrados, suponiendo el 18,3% de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social, y el 27,3% del empleo. Por todo ello España es el tercer país de Europa en tasa de trabajadores por cuenta propia, por delante de Italia y Portugal.

Como mínimo, mensualmente, los autónomos desembolsan 275 euros en concepto de cuota a la Seguridad Social. Además, cada tres meses tienen que declarar el IVA y el IRPF, independientemente de que se hayan cobrado o no las facturas.

Por todo ello las obligaciones fiscales de los autónomos y las pymes registradas en España alcanza el 49%, un 8,7% más de la media Europea. En cuanto a las obligaciones fiscales de una empresa y su carga tributaria estas alcanzan en España el 49%, casi un 9% por encima de la media mundial (situada en un 40,6%).

En Portugal, nuestro país vecino, la carga tributaria del contribuyente autónomo alcanza el 39,8%, y están exentos del pago del IVA y de la cuota de autónomos a la Seguridad Social. El impuesto portugués, equivalente al IRPF, tiene por tanto carácter anual y progresivo, por lo que pagaremos en función de los ingresos (desde un 14,50% hasta un 48%).

En el sistema fiscal italiano no es oro todo lo que reluce. Italia es el segundo país de Europa en lo que a número de autónomos se refiere. Aquí no existe una cuota fija, sino que hacen frente a la Renta en función de sus ingresos, pero la carga fiscal se eleva hasta el 62%.

Los trabajadores autónomos italianos solo pagan el impuesto de la renta en función de sus ganancias, y en el apartado del IVA el tipo general asciende al 22%.

En Francia a partir del próximo 1 de enero de 2018 se podrá en marcha un nuevo sistema de autónomos, que pasará a depender del Régimen General de la Seguridad Social. Hoy por hoy el autónomo francés paga su cotización cada mes o cada tres meses (dependiendo de su elección a partir del segundo año de actividad). En cuanto a la tasa de impuestos se aplica en función de ingresos y actividad.

El sistema de Reino Unido es a simple vista el más atractivo. Los autónomos pagan en función de sus ingresos, y si se obtienen unos ingresos inferiores a 5.965 libras no existe la obligación de cotizar. Además en materia fiscal los autónomos están exentos de hacer declaraciones trimestrales de IVA y soportan una carga del 30,9%.

Por último está Alemania. En el país germano la cuota de autónomos es de 140 euros en el caso de que el trabajador ingrese más de 1.700 euros mensuales. Si la cuantía es menor también estará exento del pago de cuota. Quizás el aspecto menos conveniente del sistema alejando es que el autónomo no se integra en el sistema sanitario y, por consiguiente, debe hacer frente obligatoriamente a un seguro médico cuyo coste varía entre los 150 y los 250 euros.

En cuanto al funcionamiento de la fiscalidad del autónomo este es similar al del español, pero la carga del contribuyente germano es dos décimas menor. Eso sí, si no ingresa un mínimo de 17.340 euros netos anuales estará exento del pago de IVA. Igualmente la fecha de la factura emitida ha de ser necesariamente la fecha de cobro.

*Fuente de la información ‘Infoautónomos’.

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