Todas las relaciones laborales deben estar regidas por un protocolo que las regule, incluso cuando se trata de una empresa familiar. Por ello a continuación vamos a intentar exponer, de la forma más simple posible, cómo se lleva a cabo ese protocolo de empresa familiar, cuál es la utilidad del mismo en la gestión de la empresa, así como las fases que le dan forma y lo estructuran.

Lo primero es saber que las empresas familiares, en nuestro país, son un sector bastante asentado (casi el 70 por ciento de las pymes son empresas familiares). Y una relajación excesiva de las relaciones laborales puede menoscabar su imagen exterior y su productividad. Por todo ello resulta más que indispensable la protocolización de las relaciones laborales.

El protocolo familiar es un acuerdo que recoge una serie de normas y códigos de conducta a los que deben someterse todos los miembros de la familia de mutuo acuerdo. Esto permite profesionalizar la manera en la que todos gestionan el negocio, así como regularizar sus prácticas profesionales y establecerse en el mercado. Igualmente la protocolización en la gestión es la pyme es clave para aprovechar los beneficios de la empresa familiar y potenciar su eficacia.

Además si las cláusulas de protocolo se incorporan a los estatutos sociales y adquieren grado de obligación interna y absoluta y de eficacia frente a terceros, beneficiará a la empresa familiar que adopte el acuerdo, generando una imagen de solidez, profesionalidad y eficacia.

Una vez que tenemos claro el concepto de protocolo familiar debemos establecer las claves que intervienen en el mismo, así como las fases que lo componen:

– Es obligatorio un consenso inicial absoluto de todos los familiares de la pyme, debiendo extenderse a todas las fases de su implantación y a la vida global de la empresa.

– Debe ser lo suficientemente flexible como para adaptarse a los momentos y necesidades de la pyme (siempre tan cambiantes en la actualidad). Además la vocación de permanencia en el tiempo deberá ser garantizada con una revisión periódica, de forma que esto sirva para mejorar su eficacia.

– Es importante que cuente con un pacto social o estatutario en el que queden fijados el régimen jurídico de las acciones, así como los criterios a seguir para establecer el consejo de administración. Eso sí, variará el alcance y eficacia del mismo en función de la forma en la que los miembros de la familia hayan decidido consolidar el acuerdo. Por ello debemos distinguir entre:

o Pacto entre caballeros: no tiene repercusiones legales, y su incumplimiento sólo puede acarrear un reproche.

o Pacto contractual: es el más común, y podrá ser esgrimido ante los tribunales en caso de incumplimiento por alguna de las partes.

o Pacto inscrito en el Registro Mercantil: este será incluido en los estatutos societarios de la empresa familiar, y también podrá ser esgrimido frente a terceros si tuviera lugar su incumplimiento.

– Es habitual añadir, en el protocolo, lo que se conoce como pactos extra estatutarios. Estos son necesarios para fijar ciertos límites y las características de la relación entre la familia y la empresa. Aquí se suelen incluir cuestiones como, por ejemplo, las reglas que regularán la incorporación de nuevos familiares a la empresa.

– Los órganos familiares tienen que desarrollarse de la forma más clara y concisa posible. Para ello podrán constituirse una serie de instrumentos, cada uno con unas características y funciones diferentes.

– Por último deberá incluirse una cláusula de cierre en la que, de forma protocolaria, se transmita la gratitud de la familiar a los fundadores de la empresa y a todos los que hayan ido haciendo posible el éxito de la pyme.

En cuanto a cómo se hace un protocolo familiar, es importante seguir una serie de pautas:

1. Lo primero es hacer un ejercicio de reflexión sobre los límites que separan los intereses puramente familiares y aquellos que afectarán a la sociedad. La falta de discernimiento entre ambos es lo que suele generar las crisis en las empresas familiares.

2. En cuanto al contenido, todo protocolo familiar no estará sometido a criterios formales, siendo además susceptible de regular cualquier aspecto que afecte a la relación de la familia con la empresa. Los apartados y temas más habituales que suelen aparecer son: derechos y obligaciones de los miembros de la familia en relación con la empresa, política de contratación y retribución de los miembros de la familia, creación y funcionamiento de los órganos sociales de carácter familiar, régimen de contratación de asesores externos, mecanismos de resolución de conflictos, régimen sancionador, etcétera.

3. Es necesario que el protocolo familiar cuente con el conceso de todos los miembros de la familia. Por tanto una mayoría no podrá, en ningún caso, imponer su criterio sobre aquellos que no estén de acuerdo con lo que se está proponiendo.

4. Todo protocolo comenzará a tener eficacia en el momento en que todos los miembros de la familia lo hayan firmado, aunque es recomendable su revisión de forma periódica para que así no quede obsoleto (es importante que sepa adaptarse a los cambios que imponen el paso del tiempo).

Por tanto, y atendiendo a todo lo explicado, la firma del protocolo familiar es importante porque contribuye a resolver las desavenencias que puedan surgir entre los miembros de la familia, a la vez que permite garantizar la continuidad del legado empresarial.

*Fuente de la información Infoautónomos.

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