Según los últimos datos aportados por los expertos en la materia, en España hay más de 200.000 trabajadores que ejercen como falsos autónomos. Esta figura corresponde a las personas que prestan sus servicios a una empresa, como un empleado de plantilla más, pero dada de alta como trabajador por cuenta propia (debido a ello la Seguridad Social deja de ingresar 560 millones al año).

Actuando de esta forma el empresario se ahorra el coste social del contrato, que asciende de media a 450 euros al mes para un empleado a jornada completa, y paga solo la cotización del autónomo, de 267 euros. Una medida que no deja de ser económica, pero ilegal. Si tú eres autónomo no recibes órdenes, gestionas tu propio trabajo y tus horarios. El falso autónomo sin embargo tiene un horario fijo y está bajo las órdenes de otras personas.

Si una inspección de trabajo detecta un contrato irregular de este tipo, la empresa se enfrenta a multas que oscilan entre los  3.000 y los 10.000 euros (según establece el Artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que recoge las posibles sanciones). Además, al empresario se le puede exigir abonar las cuotas de la Seguridad Social por ese trabajador con carácter retroactivo, y con un recargo que puede llegar hasta el 150%.

Igualmente, y según la gravedad del fraude, se podría incurrir en un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social que implicarían penas de prisión. Esta situación puede darse a partir de los 50.000 euros, aunque es necesario que un abogado especialista examine cada caso, pues entran en juego muchas particularidades y condicionantes. También varían mucho las penas, pero la Ley contempla supuestos que pueden superar los cinco o seis años de cárcel en muchos casos.

Para el falso autónomo no existen sanciones, ya que se considera que es la víctima (y no cómplice) en la relación, y de facto es esta persona la que debido a su situación está perdiendo derechos y haciéndose cargo de unos costes laborales que no le corresponden. Es el eslabón débil de la cadena y la Inspección busca protegerlos y no castigarlos.

Las empresas que ya cuenten con falsos autónomos y que quieran regularizar su situación no lo tienen nada fácil, ya que es un proceso bastante complicado. Si aún así decide afrontar el problema y dar el paso, se arriesga a que el trabajador le exija las cotizaciones anteriores no abonadas. También deberá justificar su comportamiento hasta el momento, y mostrar su firme voluntad de que no se repetirá este modo de proceder.

Para tratar de mitigar este problema el Gobierno ha aprobado recientemente en el Consejo de Ministros el plan estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020, que refuerza las inspecciones laborales. El plan incluye también la supervisión de la economía de plataformas y actuaciones específicas en relación con falsos autónomos, becarios y prácticas no laborales, así como formación para el empleo.

*Fuente de la información ‘El Economista’.

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