Una sentencia reciente de la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado que existe derecho a la acumulación, en jornadas completas, del permiso de lactancia. La resolución expone que el permiso por lactancia natural es un derecho necesario relativo, que se concreta en poder ausentarse del trabajo una hora (con los incrementos proporcionales en casos de lactancia múltiple).
Por su parte la negociación colectiva o el pacto individual pueden mejorar este derecho y/o fijar que la hora de ausencia de trabajo pueda ser sustituida por una reducción de jornada en media hora. También puede establecer que el permiso sea acumulado en jornadas completas, garantizándose con ello la mejor protección y atención del recién nacido, que es lo que persigue la norma. En ambos supuestos el Convenio Colectivo puede fijar los términos de estas opciones.
Esta sentencia de la que nos hacemos eco es la primera dictada por una Sala del Tribunal Supremo formada exclusivamente por magistradas, algo que llama especialmente la atención.
*Fuente de la información ‘Poder Judicial’.
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