Son muchos los tipos de baja laboral que existen, y dependiendo de la enfermedad te corresponderán unos días u otros.
Según los datos aportados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social los españoles, de media, estamos de baja por enfermedad una media de 41,2 días al año. O lo que es lo mismo, unas 577.000 personas faltan cada día a su puesto de trabajo.
El sistema de bajas por incapacidad laboral se modificó, por última vez, en el año 2015, agrupándose las bajas laborales en 4 tipos en función de la enfermedad y del tiempo que el médico estime que el trabajador debe quedarse en casa:
- Muy corta: menos de 5 días.
- Corta: entre 5 y 30 días.
- Mediana: entre 30 y 60 días.
- Larga: más de 60 días.
Por su parte para entender cuánto se cobra durante una baja laboral habrá que distinguir entre:
- Baja esporádica. No dura más de 3 días, y en estos casos el trabajador deberá presentar un justificante médico en el trabajo. Además se le descontará de su nómina el equivalente al día de trabajo (a no ser que en su contrato o convenio se indique lo contrario).
- Incapacidad temporal. Se entiende por incapacidad temporal aquella que va desde los 3 días hasta un máximo de un año, y con posibilidad de prórroga de 6 meses. Aquí entran las enfermedades comunes, accidentes no laborales o enfermedades derivadas del trabajo o accidente laboral. Lo que se cobrará durante el periodo de baja dependerá de los días que la persona esté de baja.
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- Los 3 primeros días no se cobrará nada.
- De 4 a 15 días la empresa deberá abonar el 60% de la base reguladora del empleado.
- Del día 16 al 20 la Seguridad Social se hace cargo de ese 60% que tiene que cobrar el empleado.
- A partir del día 21 el trabajador tendrá derecho a cobrar el 75% de la base reguladora por incapacidad temporal.
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Eso sí, para que la persona que esté de baja pueda cobrar estos importes existen una serie de requisitos que debe cumplir, tales como estar afiliado a la Seguridad Social y haber cotizado 180 días en los cinco años anteriores.
Con respecto a los días que el trabajador puede estar de baja estos están estipulados por el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal que publica el Instituto Nacional de la Seguridad Social. A continuación vamos a ver sólo algunos de ellos.
- Diabetes: 60 días.
- Fobias: 45 días.
- Ansiedad: 30 días.
- Insomnio: 15 días.
- Pie plano: 15 días.
- Inseminación Artificial: 14 días.
- Operaciones relacionadas con los dientes o encías: 12 días.
- Acné: 12 días.
- Gripe: 12 días.
- Quemadura solar: 4 días.
- Contusión en el ojo: 4 días.
- Conjuntivitis: 4 días.
- Obesidad: 4 días.
- Miopía, hipermetropia o astigmatismo: 4 días.
- Dependencia o abuso del alcohol: 4 días.
- Menstruación: 4 días.
Por último es importante que sepamos que en nuestro país las enfermedades musculoesqueléticas son las principales causas de incapacidad temporal (73% de los casos entre profesionales). De todas ellas las lumbalgias, tendinitis o síndrome del túnel carpiano suelen ser los diagnósticos más frecuente, y en muchos de los casos vienen derivados de malas prácticas en la manipulación de cargas. Sin embargo la gripe sigue siendo el virus que más absentismo laboral provoca en España (con 1 de cada 5 bajas laborales).
*Fuente de la información ‘La Vanguardia’.
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