El primer mes del año (enero) es un mes muy complejo en el calendario fiscal de autónomos y pymes, ya que coincide el cuarto trimestre con los resúmenes anuales del ejercicio fiscal.

En verano de 2017 conocimos la noticia de que Hacienda pretendía adelantar la presentación del modelo 347 de febrero a enero, y buena parte de los autónomos y asesores fiscales se llevaron las manos a la cabeza. Pues bien ahora sabemos que la fecha de presentación permanecerá intacta, siendo por tanto el mes de febrero.

La Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF) junto a la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), encabezaron una firme oposición a la medida recogida. Una oposición que, finalmente, ha tenido el resultado pretendido, siendo febrero la fecha para informar a Hacienda de las operaciones con terceros.

Los expertos en la materia valoran muy positivamente el entendimiento alcanzado con Hacienda después de dos años luchando por que el plazo de presentación no se adelantara a enero. La idea original de Hacienda era intentar homogeneizar los tiempos de presentación de impuestos en un mes (enero) en el que coincide el conjunto de obligaciones fiscales de autónomos y pymes (declaraciones trimestrales y resúmenes anuales). Esto habría reducido el margen de tiempo para cotejar la información entre el cliente y el proveedor en el modelo 347 de operaciones con terceros.

La decisión de mantener la fecha de presentación del modelo 347 en el mes de febrero beneficia a las dos partes, procurando la máxima calidad en la presentación del modelo realizada por los asesores fiscales y ahorrando posibles requerimientos o labores de comprobación tributaria a Hacienda.

Aquí es importante recordar que el modelo 347 es una declaración muy útil para la Agencia Tributaria cuando se trata controlar el fraude fiscal, ya que permite verificar si las dos partes afectadas en una operación están declarando el mismo IVA y los ingresos correspondientes.

A la espera aún de la confirmación mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), autónomos, pymes y asesores pueden respirar tranquilos de cara al próximo 2019 y, previsiblemente, para años posteriores (la decisión no apunta a ser transitoria, sino definitiva).

El modelo 347 el que más trabajo da al tener que comprobar, como ya hemos comentado, la información entre proveedores y clientes. Lo tienen que presentar, obligatoriamente, la gran mayoría de personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades) que desarrollan actividades empresariales o profesionales en España y facturan operaciones con terceras personas que superan los 3.005,06 euros anuales.

Por último decir que este modelo informativo anual incluye las adquisiciones y entregas de bienes y servicios (tanto las sujetas y no exentas de IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto). Por tanto se trata de un modelo que requiere tiempo y atención.

*Fuente de la información ‘Infoautónomos’.

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