La Agencia Tributaria ha informado del Proyecto de Orden del Modelo 233, obligatorio para las guarderías o centros de educación infantil autorizados. Por su parte la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018 incrementa la deducción por maternidad, modificando la redacción del artículo 81 de la Ley de IRPF. Una vez que se publique el Real Decreto de modificación del reglamento del impuesto, quedará establecida la obligación de presentar una declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción.
Así, el importe de la deducción por maternidad se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho, en el periodo impositivo, gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Estarán obligados a presentar el modelo 233, es decir, la “Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados”, las guarderías o centros de educación infantil autorizados a que se refiere el artículo 81.2 de la Ley de IRPF.
Será objeto de declaración en el modelo 233:
- Identificación y autorización del centro, expedida por la administración educativa competente.
- Nombre y apellidos del menos y, en su casa, NIF del mismo.
- Nombre, apellidos y NIF de los progenitores, tutor o persona que tiene al menor en acogimiento.
- Meses en los que el menor haya estado inscrito en dicha guardería o centro educativo (por mes completo).
- Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil autorizado en relación con el menor.
- Importes subvencionados correspondientes a los gastos referidos en la letra anterior.
La presentación de esta declaración informativa se realizará en el mes de enero de cada año en relación con los menores de tres años inscritos en la guardería o centro de educación infantil autorizado en el año inmediatamente anterior, así como en relación con el menor que cumpla tres años en el ejercicio. En este caso la información se ampliará a los meses posteriores al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
Por tanto el modelo 233 será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2018. Esta se podrá presentar de forma electrónica por Internet, con certificado electrónico o mediante el sistema Cl@ve, sistema de identificación, autenticación y firma electrónica como para todo el Sector Público Administrativo Estatal. Así el ciudadano puede relacionarse, electrónicamente, con los servicios públicos mediante el uso de claves concertadas (previo registro como usuario de la misma).
Comentarios recientes