Si eres uno de los millones de trabajadores por cuenta propia que existen en España es importante que conozcas cuáles son las funciones que puedes realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, evitándose costosos y tediosos trámites.

1. Puedes cambiar tu CNAE de forma electrónica.

El CNAE es el Código Nacional de Actividades Económicas, es decir, donde está registrada tu actividad como autónomo. Tradicionalmente para poder modificar este código tenías que ir a una sede física de la Seguridad Social, pero este trámite ya puedes hacerlo de forma electrónica.

Tan solo necesitas asegurarte de tener en regla tu Certificado Digital o estar registrado con tu propia clave, para así tener acceso al sistema online.

2. Consultar tu histórico de notificaciones.

Desde el servicio “Consulta y firma de notificaciones telemáticas” de la Sede Electrónica de la Seguridad Social podrás acceder a un apartado denominado “Histórico de notificaciones”. Esta sección te llevará a todas las notificaciones telemáticas que te haya enviado la Tesorería general de la Seguridad Social en los últimos dos años. Así te aseguras de no perder nada de información.

3. Conseguir tu informe de retenciones por prestaciones o pago único.

Si has recibido algún tipo de prestación por parte de la Seguridad Social (como por ejemplo una baja por maternidad o paternidad) vas a tener que ofrecer toda la información al respecto para la Declaración Anual de la Renta. Desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social puedes consultar toda la información que tiene la Seguridad Social sobre tus retenciones procedentes de estos casos.

Además también puedes descargarte esta información en un fichero formato PDF, aunque solo será posible acceder a este servicio mediante tu certificado digital.

4. Enviar documentos online por bajas de maternidad o paternidad.

Hasta hace bien poco era obligatorio que te presentaras, de manera física, en una de las oficinas de la Seguridad Social para entregar todo el papeleo para este tipo de bajas por maternidad o paternidad. Pues bien ya no tendrás que hacerlo. Envía cualquier documento que te falte para concluir con tu solicitud de prestación de baja, sin importar si iniciaste este procedimiento online o no.

5. Solicitud de base reducida por pluriactividad RETA.

Dentro del apartado “Empresas” / “Afiliación e inscripción” se localiza este nuevo trámite con el que el trabajador autónomo que curse nueva alta en el RETA, y compagine su actividad con otra por cuenta ajena, puede peticionar que se le aplique la base reducida incompatible con la bonificación de la tarifa plana.

A través de este servicio el autónomo también puede levantar la suspensión de la base reducida por pasar a dicha situación de pluriactividad, pero siempre que no haya transcurrido el plazo de duración máxima de 36 meses (contado a partir de la primera anotación inicial de base reducida).

6. Modificación de la condición RETA.

Este es el trámite que han de realizar aquellos autónomos que quieran cambiar su condición en la Seguridad Social, como puede ser por ejemplo un cambio de titularidad (si se quiere pasar de colaborador familiar a autónomo titular o viceversa). Este trámite se puede realizar cuando ha habido error en el proceso de alta, aunque también permite la modificación a posteriori.

7. Informe de datos de cotización RETA.

Dentro de “Empresas” / “Informes y Certificados” aparece un nuevo trámite telemático: la solicitud de informe de datos de cotización RETA. Este incorpora la información de cada relación laboral del periodo de liquidación, correspondiente al mes en que se solicite el servicio o de los doce meses anteriores. En caso de que el periodo de liquidación corresponda a un mes con varias relaciones laborales, podremos seleccionar la que más nos interese.

Por último, pero no por ello menos importante, ya sabéis que desde el pasado 1 de octubre todos los autónomos sin trabajadores a cargo tienen la obligación de incorporarse a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, así como hacer uso de los servicios de la misma. En el caso de los trabajadores con trabajadores a cargo el cumplimiento de esta norma se realiza mediante el registro en el sistema RED.

*Fuente de la información ‘Zona Autónomos’.

Share This