Hoy, 1 de abril, por fin entra en vigor el tan esperado permiso de paternidad, el cual fue aprobado por Real Decreto-Ley 6/2019 el pasado mes de marzo.
Desde hoy el permiso de paternidad por nacimiento de un hijo tendrá una duración de 8 semanas. Las dos primeras hay que disfrutarlas de forma ininterrumpida, es decir, justo e inmediatamente después del parto. En caso de adopción habría que regirse por unas reglas especiales.
Igualmente está previsto que a partir del 1 de enero del año 2020 la duración del permiso de paternidad sea de 12 semanas (las 4 primeras se tendrán que disfrutar inmediatamente después del parto). De la misma forma, se amplía de nuevo el permiso el 1 de enero de 2021, cuando la paternidad será de 16 semanas (debiendo disfrutar las 6 primeras tras el parto).
Como hemos venido comentando, hay una serie de periodos que el padre trabajador debe coger inmediatamente después del parto. Sin embargo, una vez transcurrido esas semanas, el resto del permiso de paternidad podrá adaptarlo a sus necesidades. Eso sí, siempre en periodos semanales, a disfrutar de forma acumulada o interrumpida hasta que el menor cumpla los 12 meses.
A continuación vemos otras novedades que incluye esta nueva normativa que entra hoy en vigor:
- Queda reconocido el permiso de lactancia para ambos progenitores. Si ambos lo disfrutan con la misma duración y régimen, el periodo podrá extenderse hasta que el lactante cumpla los 12 meses. Eso sí, con una reducción salarial proporcional a partir de los 9 meses.
- Será nulo el cese de las trabajadoras embarazadas o en situación de maternidad por no superar el periodo de prueba.
- Las empresas tienen la obligación de llevar un registro específico con el salario medio abonado a la plantilla de trabajadores. Estos podrán acceder a él a través de sus representantes legales, y deberá estar desglosado por sexo y en grupos profesionales.
- Todos los trabajadores tienen el derecho de poder solicitar adaptar y distribuir su jornada laboral para así mejorar la conciliación familiar.
- Las empresas que cuenten en sus filas con 50 trabajadores o más tienen que obligación de contar con un plan de igualdad. Esta es una obligación que se irá instaurando, paulatinamente, en los próximos años.
*Fuente de la información ‘BOE’.
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