La campaña de la Renta de este año 2019 finaliza el próximo 1 de julio. Antes de presentarla es importante que conozcas determinados aspectos, y hoy nos centramos en la tributación de las transmisiones de activos financieros.
Estos son los valores negociables representativos de la captación y utilización de capitales ajenos, con independencia de la forma en que se documenten.
Todo lo que afecte a estos activos da lugar a los rendimientos del capital mobiliario. Para calcularlos hay que conocer la diferencia entre el valor derivado de dicha operación y su valor de adquisición. Aquí hay que valorar los conocidos como gastos accesorios de adquisición, pero estos gastos no se tienen porque tener en cuenta para fijar la base de retención.
Un ejemplo de ello son los regalos que te hace el banco cuando abres una cuenta con ellos. Todos deben tributar, ya se son considerados rendimientos del capital mobiliario en especie. Estos regalos o productos se valorarán por su valor de mercado, y a él se adicionará el ingreso a cuenta. Sin embargo si el importe ha sido repercutido al preceptor de la renta la cosa cambia.
La persona o entidad pagadora será la encargada de hacer el el ingreso a cuenta. Además a este habrá que aplicarle un porcentaje, el cual corresponderá al resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste del producto o servicio.
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