El pasado año la inversión en publicidad digital superó los 1.700 millones de euros, siendo Facebook una de las plataformas donde más aumentó. Tanto los autónomos como las grandes empresas hacen uso de Facebook Ads, y hoy queremos explicarte cómo contabilizar el IVA de estas facturas.
La empresa Facebook tiene su sede en Irlanda, mientras que tu domicilio fiscal y social estará en España. Ambos son países miembros de la Unión Europea, por lo que Facebook Ads facturará como si de una operación intracomunitaria se tratase. Estas no están sujetas a IVA, pero siempre y cuando tanto el proveedor como nosotros (los clientes) estemos dados de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Sin embargo una factura emitida con 0% de IVA también tiene obligaciones fiscales, es decir, hay que declararla. En la factura que Facebook suele remitir se especifica:
*De acuerdo con el artículo 196 de la Directiva del Consejo 2006/112/CEE, el destinatario de este servicio está obligado a autoliquidar el IVA correspondiente*
Nosotros como clientes nos tenemos que autorepercutir el IVA del Modelo 303, tanto el devengado como el deducible. Eso sí, para que sea correcto la factura debe estar contabilizada en las casillas de “Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios”. Igualmente sería conveniente que apareciera en el resumen anual de IVA (Modelo 390).
Además existe un modelo específico para declarar e informar sobre esas operaciones intracomunitarias: Modelo 349. Nosotros, como operador intracomunitario, tendremos que notificar a Hacienda la operación que estamos llevando a cabo a través de ese modelo.
Comentarios recientes