Todo profesional autónomo o Sociedad deberá contar con un libro de registro del IVA, documento oficial que exige la Agencia Tributaria.
El formato de presentación del mismo suponía un problema para Hacienda. Estos errores provocan la dilatación del procedimiento de comprobación, así como la devolución del IVA si procede.
Por todo ello la Agencia Tributaria ha tomado la decisión de establecer un nuevo documento, en formato electrónico, para poder presentar los libros de registro de facturas expedidas y recibidas.
El objetivo principal es que los profesionales se sientan más seguros, a la vez que se agilizan todos los trámites de las devoluciones.
Es importante también saber que no todos los contribuyentes tienen la obligación de tener Libros de Registros del IVA a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Aunque es verdad que, de forma puntual, se les podrá reclamar para comprobar el IVA.
Con respecto a los cambios, el más importante atañe a la reordenación de las columnas para que sea más fácil de ver, tales como:
- Tipo
- Código del país
- NIF del destinatario
- Campo ‘Clave Operación’
De la misma forma se añaden otros campos, como por ejemplo:
- Tipo de Recargo Eq
- Cuota Recargo Eq
- El formato de campo de fecha también se modifica, pasando del guión al separador diagonal
- Factura Sustitutiva
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