En España, cuando una persona trabaja por cuenta propia, se le conoce como profesional autónomo o freelance. Sin embargo, aunque ambos conceptos se usan como sinónimos, existes diferencias

En su definición ambos conceptos coinciden, pero también existe la posibilidad de trabajar como freelance sin estar dado de alta como autónomo. Los requisitos que tienes que cumplir para que esta afirmación sea tal son los siguientes:

  • Que el trabajador freelance no gane, al mes, más de lo establecido como el salario mínimo interprofesional
  • Que lleves a cabo una actividad eventual y puntual en un momento concreto, y no diaria

Además para que el freelance pueda emitir facturas y facturar a sus clientes tendrá que dar de alta en Hacienda su actividad profesional. Si en algún momento la actividad deja de ser puntual para ser regular estará obligado a darse de alta como autónomo (aun cuando su salario no llegue al SMI). 

Por tanto ya no solo estará dado de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), sino también en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

La Seguridad Social por su parte se ha pronunciado a este respecto, recomendando que, desde el primer momento, se den de alta como autónomo. Existen precedentes de multas, y si estás dado de alta en el RETA tendrás mayor seguridad jurídica y mejores coberturas. 

Como ya sabemos de anteriores ocasiones, actualmente está en vigor una tarifa plana de 60 euros durante el primer año para las nuevas altas de autónomos.

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