A partir del próximo día 4 de diciembre todas las empresas deben disponer del nuevo formato del libro y del cartel de hojas de quejas y reclamaciones. Este pueden encontrarlo y comprarlo en papelerías o por Internet.

A continuación vemos cuales son las obligaciones, al respecto, que tienes como persona empresaria o profesional:

  • Disponer del modelo de libro de hojas de quejas y reclamaciones dispuesto por ley
  • Entregar, de forma inmediata a quien la solicite, la hoja de quejas y reclamaciones. Esta es gratuita, y la persona que la reclame no tiene porque ser cliente, ni tiene la obligación de rellenar dicha hoja en el propio establecimiento
  • Usted, como empresario o comercio, debe poner sus datos en dicha hoja y sellarla. Se quedará con una copia (ejemplar para la parte reclamada) y entregará las otras dos restantes a la persona que reclama
  • Escribir una carta a quien está reclamando antes de que pasen 10 días. En este escrito debe proponer una solución a dicha queja o reclamación. Si no se puede solucionar el “problema” del cual deriva la queja, hay que justificarlo
  • Por último debe manifestar si acepta o rechaza resolver el conflicto a través del “Arbitraje de consumo” o si, por el contrario, se somete a la mediación de algún organismo de consumo
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