Desde el año 2013 los premios de la Lotería de Navidad tributan, aunque la carga fiscal ha ido cambiando.
Este año, a quien le toque el Gordo, deberá saber que el mínimo exento de impuestos es de 20.000 euros (el año pasado era 10.000). Si gana el primer premio, dotado con 400.000 euros al décimo, sólo tributará por 380.000 euros. Lo que no ha cambiado es el tipo que se aplica, siendo del 20%. Por tanto le pagará a Hacienda 76.000 euros de su premio, recibiendo usted la cantidad de 324.000 euros (ya libres de impuestos).
El segundo premio está dotado con 125.000 euros, y tu tendrás que tributar, si te toca, por 105.000 euros. Pagarás a la Hacienda pública 21.000 euros y tu ganas 104.000 euros.
Si gana el tercer premio debes saber que Hacienda te va a retener 6.000 euros, y tu recibirás 44.000.
El cuarto y el quinto premio se libran de pasar por caja, ya que la cuantía no supera el mínimo exento por ley.
Sobre cómo y cuando cobrar el premio es importante que sepamos que tendremos 3 meses, desde la celebración del sorteo, para ir a cobrar el décimo. Si ese premio que estamos reclamando es inferior a 3.000 euros, lo podemos cobrar en cualquier administración de loterías. Pero si tu premio es superior a esa cantidad la cosa cambia. Para poder cobrarlo tendrás que acudir a una entidad bancaria, y serán ellos los que se encarguen de aplicar la retención correspondiente (siempre cuando exceda ese premio de 20.000 euros) y te abonarán el importe neto después de impuestos.
Otro aspecto a tener en cuenta es que ocurre cuando compartimos el décimo con amigos o familiares. Esto es algo bastante común, por lo que es importante tener las cosas claras a este respecto. Según recoge la Agencia Tributaria, “si el premio es de titularidad compartida la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda”, y “la base imponible del gravamen estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta”.
Además, si compartes lotería, tienes que asegurarte de dar todos los pasos correctos y necesarios para no tener que pagar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Los expertos en la materia aconsejan cobrar los décimos premiados compartidos a través de entidades bancarias, y que sea entonces el propio banco el que identifique con nombres, apellidos y DNI a cada una de las personas que participen en el décimo afortunado. Si no damos la lista de premiados correctamente en el banco, puede no llegar a Hacienda y tener problemas futuros.
Por último, con respecto a la tributación el próximo año 2020, debemos saber que ya de cara al sorteo de la lotería del Niño (6 de enero) el mínimo exento se eleva de 20.000 a 40.000 euros.
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