Cada vez que un trabajador por cuenta propia lleva a cabo un trabajo/servicio tiene la obligación de realizar una factura. En ella debe aparecer el tipo de IVA que corresponda, existiendo en España 3 tipos: 4%, 10% y el 21%. Pero, ¿pueden aplicar diferentes tipos de IVA en una misma factura?

Según la Agencia Tributaria, es válido el que en una misma factura aparezcan productos con diferentes tipos de IVA. De ser así, el autónomo tiene que separar esos productos, incluyendo una línea para cada tipo y desglosando, a su vez:

  • Importes correspondientes a la base imponible
  • La cuota repercutida 
  • La cuota soportada
  • El recargo de equivalencia
  • Cobros y pagos (siempre y cuando la operación sea con criterio de caja)

Igualmente hay que tener en cuenta que se trata de una factura ‘normal’, por lo que hay que incluir: 

  • Fecha de expedición
  • Fecha de operación
  • Identificación de la factura
  • Número de factura
  • NIF y nombre del destinatario
  • Nombre de la persona o entidad que expide la factura
  • Tipo de operación
  • Total de la factura

Por último, si se trata de una operación sujeta al ‘Régimen Especial de Criterio de Caja’, en cada línea, en las columnas denominadas ‘Ejercicio’ y ‘Periodo’, tendrá que aparecer consignado en valor que corresponda a la fecha de cobro o pago.

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