El día 8 de noviembre de 2020 se ha publicado en el BOJA la orden por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
A continuación te detallamos las medidas que se aplicarán a partir del 10 de noviembre a las 00:00 horas en el GRADO 1 (correspondientes al resto del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía excepto Granada, que sería el Grado 2):
La limitación horaria será a las 18:00 horas en todas las actividades y servicios, EXCEPTO las siguientes actividades, servicios o establecimientos:
- Actividad industrial
- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios
- Servicios profesionales y empleados del hogar
- Servicios sociales y sociosanitarios
- Los centros o clínicas veterinarias
- Los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción
- Las estaciones de Inspección Técnica de Vehículo (ITV)
- Los servicios de entrega a domicilio
- Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico
- Los velatorios
- Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la practica del deporte federado y en espacios deportivos cubiertos en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta
- Puntos de encuentro familiar
- Centros de atención infantil temprana y centros de tratamiento ambulatorio
- Establecimientos de hostelería estarán cerrados a las 18:00 horas excepto aquellos que:
- Estén dentro de un área de servicio de carretera
- Establecimiento ubicado en aeropuerto y estaciones para usuarios
- Establecimientos ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios
- Establecimientos ubicados en lonjas, mercados y similares para servicios a trabajadores.
16. Centros de formación profesional
17. Conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y similares
En el caso de que os surja alguna duda al respecto, estaremos a vuestra entera disposición. Muchas gracias.
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