Los trabajadores por cuenta propia tienen la obligación de contabilizar y documentar toda su actividad. En ocasiones, pueden cometer errores o despistes que, aún siendo leves, conllevan una multa por parte de la Agencia Tributaria

Hoy nosotros, en Gómez & Moreno Asesores, queremos hablar de cuáles son esos errores y cómo debemos evitarlos.

En primer lugar hay que diferenciar, claramente, entre la cuenta bancaria del negocio y la cuenta bancaria personal. No son pocos los autónomos que usan una sola cuenta, derivando esta situación en problemas de contabilidad y de justificación de movimientos financieros. Para Hacienda, el flujo de entradas y salidas debe coincidir con los ingresos y gastos derivados de la actividad que desarrollamos.

Por otro lado, el autónomo tiene que guardar y conservar las facturas de todos y cada uno de los ingresos o gastos derivados de la actividad, aunque sean muy pequeño. Nos harán falta a la hora de tributar el IRPF y el IVA.

Si cometes un error involuntario en la transcripción de tus datos contables, puedes recibir una sanción por parte de Hacienda. Sin embargo, si presentas un formulario de rectificación, lo tomarán como una equivocación y no te llegará multa alguna. 

Otro motivo de sanción será no contabilizar una factura como bien de inversión o registrar una amortización. Si esto ocurre, el resultado contable será inferior al correcto. Igualmente debemos diferenciar entre gasto e inversión. Como autónomo estás realizando un gasto cuando destinas tu dinero a realizar la compra de un bien de consumo. Sin embargo, si usamos ese capital para realizar una compra que generará beneficios a corto, medio o largo plazo, estamos llevando a cabo una inversión. Así, lo que hayamos adquirido pasará a formar parte del activo de nuestros negocio. Como consecuencia no se declarará de la misma forma que un gasto.

Por último, pero no por ello menos importante, no deducir y justiciar correctamente los recibos bancarios conlleva una sanción por parte de Hacienda

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