Poner en marcha y crear una empresa desde cero no es nada sencillo. Por ello los trabajadores por cuenta propia, antes de hacer nada, deben conocer qué trámites realizar. 

Independientemente de la actividad que vayamos a desarrollar, el primer paso es darnos de alta en el censo de empresarios. Para ello, debemos acudir a la Agencia Tributaria, y completar una declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad.

A continuación nos daremos de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), siendo este un tributo que dependerá de la actividad empresarial que llevemos a cabo.

Otro trámite será el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería General de la Seguridad Social, fundamental para poder regular la cotización de los autónomos. Si se trata de una empresa con socios, también deberán darse de alta en los regímenes correspondientes de la Seguridad Social.

Una vez hemos realizado todos los trámites iniciales y fundamentales, llega el momento de las licencias de instalaciones y obras. Dependiendo de la actividad, los profesionales deberán tramitar en el Ayuntamiento las licencias correspondientes:

  • Instalaciones.
  • Obras.
  • Actividad.
  • Funcionamiento.

Los autónomos también tienen que contar con su certificado electrónico, para así poder legalizar los distintos libros de visitas, de actas y de registro en el Registro Mercantil Provincial.

Si queremos contratar a trabajadores debemos inscribir nuestra empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social. Así se nos asignará, como empresario, un número de identificación y control de sus obligaciones.

Por último, pero no por ello menos importante, hay que dar de alta a los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. Los contratos quedarán legalizados una vez estén dados de alta en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Además si la actividad de lleva a cabo en una oficina, el empresario tendrá que comunicar la apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su CCAA.

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