España es un país con una alta estacionalidad en lo que al empleo se refiere, por lo que con la restricción de los contratos temporales se ha producido un auge del conocido como contrato fijo discontinuo. Hoy, en Gómez & Moreno Asesores, te queremos contar qué es, quién puede aplicarlo y qué obligaciones conlleva tanto para empresas como para empleados.

No es una modalidad nueva de contrato, quedando regulado en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores. Las empresas no lo usaban y preferían utilizar el contrato temporal, pero tras la reforma laboral la cosa ha cambiado. Se ha matizado cómo se debe calcular la antigüedad en estos contratos, teniéndose en cuenta toda la duración de la relación laboral (antes de la reforma se hacía solo con el tiempo efectivo trabajado).

Aspectos que debemos conocer del contrato fijo discontinuo:

  • Se trata de un contrato indefinido.
  • No es un contrato temporal, pero sí de temporada.
  • Ideal para profesionales del turismo o del ámbito escolar. Se irán al paro una vez finalice la “temporada” pero la empresa tendrá la obligación de llamarle para el inicio de la siguiente.
  • Las fechas de llamamiento pueden variar en función de la temporada, pero están reguladas según un orden. Si llegado el momento de incorporarse el trabajador no ha sido llamado, se entenderá que ha sido despedido y podría presentar papeleta de conciliación para recibir la correspondiente indemnización.
  • Los trabajadores tendrán mucha más flexibilidad a la hora de cobrar las prestaciones por desempleo o las ayudas.

Sin embargo el contrato fijo discontinuo está en el punto de mira de la Inspección de Trabajo con el objetivo de controlar posibles fraudes. Se deben utilizar, legalmente, para actividades estacionales, tales como el turismo, la agricultura o el sector académico. 

Como ya hemos indicado, se trata de una modalidad de contrato que lleva muchos años vigente en nuestro país, pero es ahora cuando muchas empresas se están acogiendo a ellos. La clave es que este contrato, ante el despido, da derecho al trabajador a que pueda cobrar una indemnización, teniéndose en cuenta para ello la antigüedad del empleado.

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